viernes, 18 de noviembre de 2011

Sentencia Antigüedad

Hemos recibido la sentencia del juicio por absorción de la antigüedad del antiguo colectivo de Azertia, hoy integrado en INDRA SOFTWARE LABS y nos ha decepcionado profundamente.
 En UGT somos conscientes de que hay que acatar las sentencias judiciales pero, creemos necesario, al ser la parte demandante, dar nuestra opinión sobre esta sentencia.
 Hace tiempo que se viene observando un importante giro a la derecha (a favor de la patronal) de la magistratura de trabajo en general y de la Audiencia Nacional en particular.
 A la vista de los fallos, en sentido contrario, que se habían producido para un caso semejante (CAPGEMINI,SOGETI) en la propia Audiencia, esperábamos, al haber presentado una demanda sólidamente fundamentada, que nuestros derechos nos fueran reconocidos.
 Para hablar claro, los argumentos de la sentencia están “cogidos por los pelos” y basándose, en presuntos extractos de comunicados de los sindicatos a sus afiliados, respecto a la absorción de los complementos por antigüedad – el colmo de los despropósitos-.
 La FeS-UGT no da la batalla por perdida y continuará reclamando lo que es justo. En este momento del procedimiento a través de la interposición del correspondiente recurso de casación ante el Supremo.
 Esta lucha afectará, en un futuro próximo, a todo el colectivo INDRA SISTEMAS, porque existen otras demandas, en curso, por el mismo asunto.
 Para los que no tengan claro el tema en cuestión, de forma sucinta es el siguiente:
 El XVI convenio de consultoría, al que nos encontramos adscritos, fija que los complementos salariales son absorbibles: mientras tu retribución bruta anual sea superior a lo fijado para tu categoría profesional, en el convenio, cualquier incremento puede ser compensado por lo que se denomina en tu nómina “Complemento personal”. La Dirección de la compañía viene aplicando esta cláusula para los conceptos distintos de su PSI, que se aplica, como sabéis, de aquella manera.
 Reiteradas sentencias, además del sentido común, han decretado que el fin de la absorción es evitar la acumulación de retribuciones por el mismo concepto que podrían derivarse de distintas situaciones laborales, entre las que cabe destacar, por el caso de INDRA SISTEMAS, la fusión de empresas. Sin embargo, la absorción/compensación sólo es aplicable a conceptos salariales homogéneos (el salario base, el plus convenio, la prima de asistencia o puntualidad, el complemento personal –según- …) pero no a conceptos que no tienen nada que ver entre sí (el salario base con la antigüedad, por ejemplo, o que intentaran absorber un complemento por nocturnidad o disponibilidad…) y ello porque el objetivo es la no acumulación de cantidades por el mismo trabajo, no por otro distinto o adicional.
 La antigüedad está valorando el mejor “saber hacer” de los profesionales de INDRA por la acumulación de experiencias laborales y vitales y nada tiene que ver con, por ejemplo, la negociación del salario base por los sindicatos para el XVII Convenio de consultoría – actualmente paralizadas por empresas como la nuestra -.
 Por ello, existe jurisprudencia que afirma que la antigüedad no es un concepto absorbible, por su propia naturaleza. En esta lucha, por el reconocimiento de nuestros derechos, nos encontramos desde la UGT y no pararemos hasta obtener justicia
 Todos tenemos la percepción de que se aproximan tiempos difíciles y en estos momentos, más que nunca, es fundamental permanecer unidos y pertenecer a una estructura con experiencia y recursos jurídicos, que defiende los intereses de todos los trabajadores.Por eso te pedimos que te afilies, que te unas a la Unión General de Trabajadores.
Seguiremos informando.
Un saludo y gracias por tu tiempo.
Sección Sindical de
UGT de Indra en Bizkaia
Recuerda que estamos a tu disposición en ugt.indra.bizkaia@gmail.com y en los siguientes enlaces:
 
         
 
"Afiliarse a un sindicato es un compromiso cultural"

¡Afíliate a UGT!
http://www.ugt.es/afiliacion/ventajas.htm

viernes, 4 de noviembre de 2011

Antigüedad absorbida Juicios - UGT Informa


Estimado compañero: 

El 3 de noviembre de 2011, estaban notificados tres juicios por el tema de la absorción de la antigüedad, exclusivamente para el colectivo ex-Azertia, perteneciente a las empresas Indra Software Labs e Indra Sistemas.
Entendemos que será más claro y rápido de ver esta tabla, con los datos de las causas, donde se muestra el orden de los autos, los demandantes y los demandados.
Autos
Demandantes
Demandados
Conciliación
Juicio
194/2011
UGT+ CCOO
Indra Sofá. Lab.
9:25
10:30
195/2011
UGT+ CCOO
Indra Sistemas
9:30
10:45
196/2011
USO
Indra Sistemas
Indra Sofá. Lab.
9:35
11:00
Solo se ha visto para sentencia la primera causa y los jueces y abogados han acordado que el resto de causas, dado que se trata fundamentalmente de los mismos actores, se atengan a la resolución de la misma.
Desde UGT lamentamos que todos los representantes de los trabajadores no hayamos ido de forma conjunta, a pesar del acuerdo adoptado en el SIMA el 7 de Septiembre, iniciando tres procesos que finalmente el tribunal ha resumido en uno.
No es nuestra intención juzgar las respectivas defensas, para eso están los jueces, lamentamos que la empresa no haya reconocido este derecho y esperamos la resolución judicial, y lo que manifestamos a todos los trabajadores es que el gabinete jurídico de UGT ha colaborado en la preparación de esta causa, doblemente complicada al mezclar temas de naturaleza jurídica con una clara dependencia económica.
Somos conscientes de que tras muchos años con subida cero, el conseguir la subida que implicaría la no absorción de la antigüedad puede levantar muchas expectativas e ilusiones, pero no queremos crear falsas ensoñaciones y preferimos contar hechos. Ahora, agotadas las negociaciones con la empresa y tras un trabajo previo y de colaboración con nuestros abogados, la resolución ya no depende de nosotros sino de otras instancias y para finalizar queremos ratificar nuestro compromiso de defensa de los intereses colectivos de todos los trabajadores pertenecientes al conglomerado empresarial de Indra, independientemente de su procedencia. 

Un saludo y gracias por tu tiempo.
Sección Sindical de
UGT de Indra en Bizkaia
Recuerda que estamos a tu disposición en ugt.indra.bizkaia@gmail.com y en los siguientes enlaces:
 
         
 
"Afiliarse a un sindicato es un compromiso cultural"

¡Afíliate a UGT!
http://www.ugt.es/afiliacion/ventajas.htm

 

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Antigüedad absorbida


Antigüedad

Como dijimos en el comunicado de UGT  de Julio del 2011 después de la Sentencia ganada en el tribunal Supremo a Indra Sistemas S.A. los trabajadores procedentes de la antigua Azertia tenemos derecho a cobrar la antigüedad partiendo del 2007 ( fusión/absorción de Azertia).

Si revisamos las nóminas de Julio del 2011 nos ha aparecido un trienio del 5 por 100 que corresponde según las tablas salariales distribuidas por categorías del 2009, por ejemplo...

CATEGORÍAS
MES (x 14)
Euros
AÑO
Euros
MES
5%
AÑO
5%
Titulado/a de grado superior
1.569,25
21.969,50
78,46
1.098,48
Titulado/a de grado medio
1.133,46
15.868,44
56,67
793,42
Analista y Analista de sistemas
1.569,25
21.969,50
78,46
1.098,48
Analista-programador/a y  Diseñador/a de página Web
1.539,69
21.555,66
76,98
1.077,78
Programador/a sénior, Jefe/a de operación y Programador/a en Internet
1.103,04
15.442,56
55,15
772,13
Programador/a júnior, Operador/a ordenador, Programador/a máquina auxiliar, Monitor/a de grabación y Técnico/a mantenimiento página Web
987,69
13.827,66
55,15
691,38

Sin embargo,  sin ajustarse a derecho
¡Indra ha detraido el complemento de antigüedad del complemento personal!

Estamos ante una actuación ya declarada contraria a derecho por el tribunal supremo...
Sentencias contra CAPGEMINI y SOGETI

 UGT nos personaremos en los tribunales  de la audiencia nacional para defender nuestro derecho a cobrar el 5% del Salario Base por antigüedad  a partir de enero del 2010
SIN ABSORCIÓN

Os mantendremos informados...
Y recordad a todos los ex-compañeros de Azertia que dejaron Indra desde enero del 2010 que tienen pendiente reclamar su dinero.
[Que se pongan en contacto con nosotros ugt.indra.bizkaia@gmail.com]

¡¡¡EL FUTURO SE LOGRA, NO SE REGALA!!!

viernes, 1 de julio de 2011

Antigüedad, promociones, trasporte y Lucifer

La aparición de enfermedades profesionales, como el estrés, no son cuestiones ajenas a INDRA. Por eso, nuestro consejo es que mejores tu nivel de autoestima y la actitud ante la vida. Esto implica que no te dejes llevar por la presión que tengas. 
Y sí lo necesitas, ACUDE A UGT, PUES...

Antigüedad

Desde UGT os recordamos que después de la Sentencia ganada en el tribunal Supremo a Indra Sistemas S.A. los trabajadores procedentes de la antigua Azertia que tenemos derecho a cobrar por antigüedad partiendo del 2007 ( fusión/absorción de Azertia).

En el convenio XVI de Consultoría se puede leer en su Artículo 25. Complemento de Antigüedad
1. Las bonificaciones por años de servicio, como premio de vinculación a la empresa respectiva, consistirán, en este orden, en cinco trienios del 5 por 100 cada uno del salario base pactado para su categoría en las tablas salariales del presente Convenio;...
...
3. Los trienios se devengaran a partir del 1 de enero del año en que se cumplan y todos ellos se abonarán, con arreglo a la última categoría y sueldo base de Convenio que tenga el trabajador.
Cumpliéndose ya tres años en 2010 desde enero tenemos derecho a un trienio del 5 por 100 que corresponde según las tablas salariales distribuidas por categorías del 2009 , por ejemplo...

CATEGORÍAS
MES (x 14)
Euros
AÑO
Euros
MES
5%
AÑO
5%
Titulado/a de grado superior
1.569,25
21.969,50
78,46
1.098,48
Titulado/a de grado medio
1.133,46
15.868,44
56,67
793,42
Analista y Analista de sistemas
1.569,25
21.969,50
78,46
1.098,48
Analista-programador/a y Diseñador/a de página Web
1.539,69
21.555,66
76,98
1.077,78
Programador/a sénior, Jefe/a de operación y Programador/a en Internet
1.103,04
15.442,56
55,15
772,13
Programador/a júnior, Operador/a ordenador, Programador/a máquina auxiliar, Monitor/a de grabación y Técnico/a mantenimiento página Web
987,69
13.827,66
55,15
691,38
Si además lo unimos con la recientemente salida sentencia de Capgemini y Sogeti que declara contraria a derecho la absorción y compensación del complemento salarial de antigüedad


Ahora Indra debe subirnos un 5% del Salario Base y pagarnos los atrasos desde enero del 2010 …..¿ Cuando ? …......Esperemos que sea pronto.

Ah! y animad a todos los ex-compañeros de Indra a que reclamen su dinero.
[Que se pongan en contacto con nosotros ugt.indra.bizkaia@gmail.com]

Transporte de Marzo

Según RRHH los defectos de Marzo se regularizan en la nómina de Mayo pero Tenéis que revisarla...

En UGT ya hemos detectado que a algunos lo han regularizado ( 96,6 €) y a otros NO.

Promociones y Progresiones.

De los datos en UGT obtenemos 2 conclusiones claras:
  1. El Grupo Indra falla en Igualdad.
  2. Indra Sistemas Barakaldo SUSPENDE LAS PROMOCIONES/PROGRESIONES

Revisando los datos de las promociones y progresiones publicadas en la Indraweb…
  1. ¿Porqué afirmamos que en Indra no hay Igualdad ?
Promoción
Progresión
Prog + Prom
1881
2775
4656
Trabajando un poco vislumbramos la aplicación de la Ley de Igualdad en Indra

Mujeres
Hombres
Total
% Suma
Directores
17
30
47
1,31%

36,17%
63,83%


Gestores
89
316
405
11,31%

21,98%
78,02%


Técnicos
937
2192
3129
87,38%

29,95%
70,05%


Suma
1043
2538
3581
100,00%

29,13%
70,87%


Con el primer vistazo ya se puede observar que ¿hay un error? ¿Porqué faltan 4656-3581=1075 Progresiones o promociones en el listado?????? ¿ A dónde habrán ido?
Con estas estadísticas de promociones/progresiones no se cumplen los criterios para la Igualdad de género…si es triste un porcentaje del 36% de mujeres entre los directores, es más preocupante que bajen al 30% entre los técnicos e intolerable que se alcance sólo el 22% entre los gestores.
En resumen, en Indra en 2011 las promociones/progresiones de mujeres suponen un pobre
29%



  1. ¿Porqué afirmamos que el centro de Barakaldo SUSPENDE EN LAS PROMOCIONES / PROGRESIONES ?.
Partiendo de 4656 progresiones/promociones, sobre 28.608 empleados de Indra arroja una proporción media del 16,28 %.
Podemos afirmar que con el 8,6 % Barakaldo queda muy alejado de la media y se necesitaría un incremento de promociones/progresiones para, por lo menos, APROBAR del:
89%
Analizado por Grupos resulta anecdótico la ausencia de las promociones/progresiones entre los directores (obviamente no alcanzamos el porcentaje del 0,16%), pero lo que resulta realmente lamentable que mientras los gerentes de Barakaldo sobrepasaN la media de progresiones / promociones de Indra un 52 % para alcanzar la MEDIA de los técnicos faltA un
 70%

Evaluación de Riesgos Psicosociales

Según el Servicio de Prevención Propio Mancomunado de Indra se va a realizar en Barakaldo para Junio del 2011??.

Desde UGT recordamos que aunque no tengamos mucha confianza en la eficacia de la gestión o los resultados esperados, aquellos que participemos tenemos que exponer los problemas sufridos como primer paso imprescindible para que se pueda solucionar la situación problemática.

EFECTO LUCIFER
Eva Gómez, becaria en 2003, trabajadora, servicial, buen humor y mágica sonrisa.
En 2009 fue nombrada jefa de grupo. Aquel fatídico año se rompió el encantamiento, mutando de compañera a tirana, ya sólo contaban números y resultados, su mente paranoide sólo veía inútiles y aquella sonrisa ya sólo quedó para sus superiores, snifff.
Si tu superior manifiesta algunos de estos síntomas échate a temblar:
  • ¿Gasta demasiada energía en controlar, manipular y vigilar?
  • ¿Impone en vez de convencer?
  • ¿Desconfía de sus empleados?
  • ¿El orgullo no le permite reconocer que una decisión no fue la acertada?
Al final, los resultados son mediocres en ese departamento. Hay un problema.

jueves, 31 de marzo de 2011

Subida 2011

Nuestros Consejeros y Directivos cobran mucho... pero mucho, mucho...

Y claro para nosotros no llega...

martes, 15 de marzo de 2011

IRPF - Bizkaia 2011





Tramos

Número de descendientes





Desde

Hasta

0

1

2

3

4

5

Más





0,01

12.230,00

0

0

0

0

0

0

0





12.230,01

12.720,00

1

0

0

0

0

0

0





12.720,01

13.250,00

2

0

0

0

0

0

0





13.250,01

13.820,00

3

1

0

0

0

0

0





13.820,01

14.450,00

4

2

0

0

0

0

0





14.450,01

15.140,00

5

3

1

0

0

0

0





15.140,01

15.900,00

6

4

2

0

0

0

0





15.900,01

16.970,00

7

5

3

0

0

0

0





16.970,01

18.260,00

8

6

5

1

0

0

0





18.260,01

19.460,00

9

8

6

3

0

0

0





19.460,01

20.630,00

10

9

7

4

1

0

0





20.630,01

21.560,00

11

10

8

5

2

0

0





21.560,01

22.790,00

12

11

9

7

3

0

0





22.790,01

23.910,00

13

12

10

8

4

1

0





23.910,01

25.830,00

14

13

11

9

6

2

0





25.830,01

28.260,00

15

14

13

10

8

4

0





28.260,01

31.200,00

16

15

14

12

9

6

0





31.200,01

34.810,00

17

16

15

13

11

8

0





34.810,01

37.820,00

18

17

16

14

12

10

2





37.820,01

40.490,00

19

18

17

16

14

11

4





40.490,01

43.350,00

20

19

19

17

15

13

7





43.350,01

46.670,00

21

20

20

18

17

15

9





46.670,01

50.540,00

22

21

21

20

18

16

11





50.540,01

53.700,00

23

22

22

21

19

18

12





53.700,01

57.260,00

24

23

23

22

21

19

14





57.260,01

61.320,00

25

25

24

23

22

20

16





61.320,01

66.010,00

26

26

25

24

23

22

17





66.010,01

71.060,00

27

27

26

25

24

23

19





71.060,01

75.470,00

28

28

27

26

25

24

20





75.470,01

80.490,00

29

29

28

27

27

25

22





80.490,01

86.190,00

30

30

29

29

28

27

23





86.190,01

92.780,00

31

31

30

30

29

28

25





92.780,01

100.450,00

32

32

31

31

30

29

26





100.450,01

109.500,00

33

33

32

32

31

30

28





109.500,01

120.310,00

34

34

33

33

32

32

29





120.310,01

133.500,00

35

35

35

34

34

33

31





133.500,01

149.790,00

36

36

36

35

35

34

32





149.790,01

169.760,00

37

37

37

36

36

35

34





169.760,01

195.880,00

38

38

38

37

37

36

35





195.880,01

231.490,00

39

39

39

38

38

38

36





231.490,01

40

40

40

40

39

39

38




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