
Buenos días.
Continuando con nuestro anterior comunicado acerca de la declaración por el Tribunal Supremo de la exención del IRPF las prestaciones públicas de nacimiento, parto o adopción múltiple, hijos a cargo y orfandad), adjuntamos las indicaciones de cuál es el procedimiento más idóneo para poder solicitar ya mismo dicha devolución, en espera de que la Agencia Tributaria establezca un procedimiento normalizado y estandarizado alternativo para ello.
Adjuntamos el comunicado INFO UGT XVII CONVENIO TIC nº 14. que lo explica detalladamente, un modelo de escrito de Solicitud, la Sentencia del TS y una infografía en la que se explica cómo realizar el trámite.












